Empleada doméstica: aguinaldo, vacaciones y período de prueba

El personal de casas particulares tiene su propio régimen (Ley 26.844), con reglas parecidas a las generales pero con diferencias importantes.

Aguinaldo (SAC)

Se paga dos veces por año, por cada semestre. Equivale al 50 % de la mejor remuneración mensual del semestre, y es proporcional si la persona trabajó menos tiempo. Podés calcularlo con la calculadora de aguinaldo.

Sobre la fecha de pago, según una fuente la ley fija el último día de cada semestre, por lo que podría pagarse antes del 30 de junio o del 31 de diciembre. Conviene confirmar la fecha con el texto vigente.

Vacaciones

La escala depende de la antigüedad al 31 de diciembre del año de la licencia, igual que en el régimen general:

Para el goce completo se necesita al menos 6 meses de antigüedad; con menos tiempo, corresponden vacaciones proporcionales. En el personal mensualizado, el valor del día es el sueldo dividido por 25.

Ejemplo: sueldo de $800.000 y 14 días de vacaciones. Valor del día: 800.000 ÷ 25 = $32.000. Total: $448.000.

Adicional por antigüedad

Según una de las fuentes consultadas, se suma el 1 % de la remuneración por cada año cumplido de antigüedad.

Qué cambió en 2026

La reforma laboral (Ley 27.802) extendió el período de prueba del personal de casas particulares de 30 días a seis meses. Durante ese lapso, la relación puede disolverse sin causa y sin indemnización. Además, este régimen queda fuera del Fondo de Asistencia Laboral.

Qué tener en cuenta

Información general y orientativa, actualizada a octubre de 2026. No reemplaza el asesoramiento de un profesional: las normas y los criterios judiciales cambian.